JUZGADOS FAMILIARES CORRUPTOS NL

Exhibir el sistema corrupto de juzgados Familiares que permiten la Alineación Parental, actuan con parcialidad, se venden al mejor postor y ACABAN CON EL INTERÉS SUPERIOR DE LOS MENORES

  • Noviembre 5 del 2025

    Juzgado: 9no. Oral Familiar del Primer Distrito

    Juez: Lic. Mauricio Cuéllar Peña

    Secretario: Nancy Guadalupe Rivera Molina

    Cuando se apaga una mitad: derechos infantiles ignorados en litigios familiares

    A simple vista, este caso podría parecer la historia de una separación. En realidad, es la historia de dos menores cuyos derechos reconocidos por leyes nacionales y tratados internacionales han sido vulnerados silenciosamente desde 2020.

    Todo comenzó cuando un proyecto laboral llevó temporalmente a la familia a Estados Unidos. Meses después, el padre regresó a México por indicación de la empresa. Desde ese momento, la distancia dejó de ser geográfica y se volvió emocional e institucional.

    El derecho a la convivencia

    La ley mexicana y organismos internacionales establecen que los niños tienen derecho a convivir con ambos padres, incluso en casos de separación. Sin embargo, desde diciembre de 2022 no existe contacto presencial con el padre.

    Tampoco hay videollamadas, seguimiento supervisado, ni mecanismos formales para mantener el vínculo.

    El derecho a la información

    Desde 2023, la institución escolar en Estados Unidos se ha negado a proporcionar información académica o médica al padre, alegando falta de autorización. Sin reportes escolares ni datos de salud, la corresponsabilidad parental queda fracturada.

    El derecho a la identidad emocional

    La identidad de los menores se construye con ambos referentes afectivos. Si uno desaparece por restricciones externas, la identidad se vuelve incompleta.

    Profesionales consultados señalan que:
    • la ausencia forzada crea confusión,
    • fomenta narrativas negativas,
    • y genera desequilibrio emocional a largo plazo.

    El derecho a no ser instrumentalizados

    El artículo 13 de la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes lo establece claramente:

    Ningún menor debe ser utilizado como medio de presión en conflictos adultos.

    Restricciones de convivencia, ocultamiento de información y litigación por desgaste impactan directamente en la estabilidad emocional infantil.

    El derecho a opinar

    La Convención sobre los Derechos del Niño indica que ellos deben ser escuchados. Sin contacto con un progenitor, su opinión queda anulada de origen.

    No pueden opinar sobre alguien a quien no ven.

    La infancia no espera

    Tres años sin contacto presencial con su padre han generado:
    • deterioro del vínculo,
    • ausencia afectiva,
    • pérdida de contexto familiar,
    • narrativas fragmentadas.

    Mientras el sistema analiza expedientes, los niños crecen.

    Conclusión

    El “interés superior de la niñez” es un concepto jurídico repetido, pero vacío cuando:
    • no se garantiza convivencia,
    • no se comparte información escolar,
    • no se protege el lazo emocional.

    Los niños son más que anexos procesales.
    Son personas en formación.
    Y su historia no debería escribirse con silencios.

    La otra mitad del silencio: el camino de un padre ante la desconexión legal

    Por Redacción

    En marzo de 2020, la separación de una pareja coincidió con una reestructuración laboral dentro de una empresa familiar. Un proyecto temporal llevó a la familia a Estados Unidos y el padre accedió para no afectar la dinámica interna del negocio. Meses después, en plena pandemia, se le solicitó regresar a México.

    A partir de ese momento, asegura, la comunicación con sus hijos comenzó a cambiar: respuestas tardías, horarios indefinidos y visitas cada vez más complicadas.

    Divorcio y pérdida de empleo

    En abril de 2021 se decretó el divorcio. Ese mismo mes, el padre perdió su empleo principal, situación que afectó su estabilidad económica. En su contestación, solicitó un régimen de convivencia y propuso cubrir pensión acorde a su capacidad real. El trámite sólo consideró la disolución.

    En agosto de ese año, autorizó mediante carta notariada un trámite de pasaportes para los menores.

    Denuncias, carpetas y restricciones

    En diciembre de 2021 levantó una denuncia por sustracción de menores al no poder verlos, a pesar de saber que se encontraban en Monterrey. La carpeta se cerró en marzo de 2023.

    Paralelamente, entre 2022 y 2023 se emitieron órdenes temporales de restricción y surgió una demanda para obtener la patria potestad total. También se solicitó, ahora vía autoridad judicial, una nueva firma de pasaportes. Con asesoría legal, decidió no firmar bajo esos términos.

    Última convivencia presencial

    El último contacto físico con sus hijos ocurrió en diciembre de 2022. Desde entonces, afirma no tener acceso a ningún tipo de convivencia, presencial o virtual.

    Bloqueo institucional

    Desde 2023:
    • correos dejan de ser respondidos,
    • se proporciona un domicilio que no coincide con el real,
    • la escuela niega información académica y de salud.

    Sin reportes escolares, el padre no puede participar en decisiones educativas ni emocionales.

    Obligaciones económicas por encima de lo materialmente posible

    En diciembre de 2023 se fijó una pensión provisional de $173,000 pesos mensuales. Actualizada en 2025 asciende a $193,000 pesos.

    De acuerdo con especialistas consultados, cuando un monto excede la capacidad real de ingreso, se genera “incumplimiento forzado”, figura que criminaliza la imposibilidad económica.

    El desgaste invisible

    Tres años sin ver a los hijos implican:
    • pérdida de vínculo emocional,
    • ausencia de recuerdos compartidos,
    • deterioro natural del lazo paterno.

    El padre sostiene que su objetivo no es “ganar”, sino estar presente.

    Conclusión

    En México, la justicia familiar continúa centrada en trámites y economía, mientras la emocionalidad queda relegada.

    Para este padre, el tiempo es la mayor amenaza.
    Para sus hijos, es la mitad de la historia que no están viviendo.

  • Octubre 8 del 2025

    Juzgado: 3ero ORAL FAMILIAR San Nicolás 

    Juez: Lic. Luz Maria Guerrero Delgado

    Secretario: Luis Alejandro Galarza Mendoza

    Presunto ABUSO DE AUTORIDAD y COHECHO.

     Fija pensión provisional alimenticia de 40% del ingreso del Padre NO CUOSTODIO, siendo solo un menor .

    La MADRE también trabaja y tiene sueldo equivalente al del padre.

    La juez Permite y acepta cualquier justificante para no presentar a menor a conveniencias con el padre no custodio, sin ningún aprecibimiento.

    Suspende convivencias con escritos de abogados de la contraparte sin pruebas, sin la más mínima evidencia, con una simple denuncia falsa no judicializada

  • Caso 1

    Juzgado: 10mo Oral Familiar Primer Distrito

    Juez: Emérida Hernández López

    Secretario: Guadalupe Ontiveros Alvarado:

    Presunta corrupción:

    Se fija una pensión provisional alimentaria CLARAMENTE EXCESIVA, arbitraria y basada en errores matemáticos, incluyendo sumas anuales como mensuales, además de sumar renglones no solicitados en la demanda.

    Durante 10 meses se OMITIDO INTENCIONALMENTE el dar respuesta a un INCIDENTE DE REVISIÓN DE LA PENSIÓN.

    La sospecha es fuerte de FRAUDE entre la abogada, la demandante y la secretaria del Juzgado.

    La suma mensual estipulada es de $ 190,000.00 (ciento noventa mil pesos 00/100 MN) por mes.

    El incidente de cuantificación para la demandante se le dio respuesta en solo un mes, mientras que el incidente de revisión se le ha dado largas por 10 meses.

    Cada vez que se le pide revisar , responde ¿ Qué incidente es?

    Y luego pone al demandado a que busque pruebas que ofreció la demandante para ganar más dinero